La Corte, presidida por el juez Dipak Misra, calificó de inconstitucional la ley que no permitía a la esposa demandar a un marido adúltero y sostuvo que el «marido no es el amo de la mujer». El adulterio puede ser fundamento de un divorcio, pero la pena criminal violaba la igualdad de derechos de la mujer, según el veredicto.
